top of page

Repaso sobre los Partidos Políticos en Argentina

Se vienen las elecciones nacionales y Politimía te invita a despejar dudas sobre los partidos políticos, cómo es su funcionamiento, su legitimidad y su ordenamiento interno.


¿Qué son los partidos políticos?


Según el artículo 38 de la Constitución Nacional, los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático y su creación y el ejercicio de sus actividades son libres siempre y cuando respeten la Constitución.


Entonces, un partido político es una asociación de ciudadanos que comparten una ideología política en común. Su intención es acceder a cargos electivos de un Estado y para eso deben presentarse a elecciones con un proyecto o programa de gobierno con el objetivo de alcanzar el apoyo de la ciudadanía a través del voto.


Requisitos para ser considerado un partido político


Para ser considerados legítimos deben cumplir los siguientes requisitos: tener una carta orgánica que regule su organización y funcionamiento, es decir deben contar con reglas y con autoridades propias y con miembros que se llaman afiliados. Además, dentro de los partidos deben existir elecciones periódicas de autoridades, respetando el porcentaje mínimo por sexo. Con respecto a lo judicial, los partidos deben estar inscriptos en el registro público correspondiente y tienen que contar con reconocimiento judicial como partido político. Por último y fundamental, estas agrupaciones deben conseguir un grupo de electores, es decir deben captar el voto de las personas a través de sus promesas de campaña o por medio de los ideales expresados en su carta orgánica.


Requisitos para los partidos políticos nacionales


Una vez que existe un partido político con el mismo nombre en al menos cinco distritos, esta agrupación que ya cuenta con su declaración de principios, su programa o bases de acción política y carta orgánica ya puede solicitar su reconocimiento como partido de orden nacional.


Según el artículo 8 de la Ley 23.298, para alcanzar su reconocimiento nacional, el partido político deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Testimonio de la resolución que le reconoce personería jurídico-política.

b) Declaración de principios, programa o bases de acción política y carta orgánica nacional.

c) Acta de designación y elección de las autoridades nacionales del partido y de las autoridades de distrito.

d) Domicilio partidario central y acta de designación de los apoderados.


Los partidos políticos que ganan las elecciones suelen considerarse como “oficialismo” y aquellos que no llegan a gobernar suelen caracterizarse como la “oposición”, que controlan los actos del oficialismo gobernante cuestionando o apoyando las decisiones políticas.


¿Cuáles son los criterios que usan los partidos políticos para confeccionar las listas de precandidatos?


Según indica el artículo 21 la ley 26.571 de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, en donde se regulan las PASO, “la designación de los precandidatos es exclusiva de las agrupaciones políticas,

debiendo respetar las respectivas cartas orgánicas, los requisitos establecidos en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de los Partidos Políticos, el Código Electoral Nacional, el Protocolo Constitutivo del Parlamento del Mercosur, y en la presente ley”. Cumpliendo esto, “cada agrupación política determinará los requisitos para ser precandidato” en las próximas elecciones.


En las elecciones PASO, los partidos políticos que quieren llegar a la competencia general de octubre deben superar el piso del 1,5% de los votos legalmente emitidos. Los partidos políticos que presenten más de una lista y que superen el 1,5% del total deberán conformar una sola lista para presentarse en la elección de octubre.


Un detalle muy importante a tener en cuenta es lo establecido por la Ley de Paridad. Según esta ley, las listas de candidatos para diputados deben ser integradas por mujeres y hombres de forma intercalada. Es decir, si el primero de la lista es un hombre, todos los puestos impares serán masculinos, y los pares serán ocupados por mujeres.


Una vez que se celebraron las PASO, la fórmula de precandidatos a presidente y vicepresidente que se impone en la interna del partido es la que avanza a las elecciones generales. Sin embargo, en el caso de las listas de diputados nacionales es diferente porque se siguen las reglas de cada partido. Esto quiere decir que es posible que la lista definitiva esté conformada por una mezcla de los precandidatos de las listas más votadas del partido.


¿Quiénes no pueden ser candidatos?


Según el artículo 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (23.298), no pueden ser candidatos en elecciones primarias ni en elecciones generales a cargos públicos, ni ejercer cargos partidarios: Los excluidos del padrón electoral, el personal de las Fuerzas Armadas que están prestando servicios, el personal de las fuerzas de seguridad que están prestando servicios, los jueces y juezas y funcionarios judiciales, aquellas personas que dirigen empresas de servicios y obras públicas o de empresas que exploten juegos de azar y las personas procesadas o condenadas por crímenes contra los derechos humanos, por hechos ocurridos entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.


Financiamiento de los partidos políticos


Según el artículo 4 de la ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, estos reciben financiamiento tanto público otorgado por el aporte regular del Estado Nacional y también reciben financiamiento privado, a través del aporte de sus afiliados, donaciones u otras actividades propias siempre teniendo presentes las limitaciones establecidas por la ley.




Sobre el aporte público y sus límites


Según el artículo 5 de la Ley 26.215, con el aporte del Estado, los partidos políticos pueden realizar:

a) Desenvolvimiento Institucional (las actividades políticas, institucionales y administrativas derivadas del cumplimiento de la Ley 23.298, la presente ley y la carta orgánica partidaria, así como la actualización, sistematización y divulgación doctrinaria a nivel nacional o internacional).

b) Capacitación y formación política.

c) Campañas electorales primarias y generales.


Con respecto a los límites sobre los aportes públicos, el artículo 15 inc b de la Ley 26.215, establece que los partidos no podrán recibir contribuciones o donaciones de entidades centralizadas o descentralizadas, nacionales, provinciales o multilaterales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires, así como tampoco de gobiernos o entidades públicas extranjeras.


Sobre el financiamiento privado y sus limitaciones


Degún el artículo 4 de la Ley 27.504 y el artículo 14 de la Ley 26.215, los partidos políticos pueden recibir aportes del sector privado de las siguientes maneras:

a) De sus afiliados, de forma periódica, de acuerdo a lo prescripto en sus cartas orgánicas.

b) Donaciones de otras personas físicas —no afiliados— y personas jurídicas.

c) De rendimientos de su patrimonio y otro tipo de actividades, incluídas las actividades promocionales.

d) De las herencias o legados que reciban.


Los aportes en dinero solo pueden recibirse mediante transferencia bancaria, depósito bancario acreditando identidad, medio electrónico, cheque, tarjeta de crédito o débito, o plataformas y aplicativos digitales siempre que éstos permitan la identificación fehaciente del donante y la trazabilidad del aporte.


Sobre los límites de los aportes, el artículo 5 la Ley 27.504 y el artículo 15 de la Ley 26.215 establecen que los partidos políticos no pueden recibir:

a) Contribuciones o donaciones anónimas.

b) Contribuciones o donaciones de entidades centralizadas o descentralizadas, nacionales, provinciales, interestaduales, binacionales o multilaterales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires.

c) Contribuciones o donaciones de permisionarios, empresas concesionarias o contratistas de servicios u obras públicas o proveedores de la Nación, las provincias, los municipios o la Ciudad de Buenos Aires.

d) Contribuciones o donaciones de personas humanas o jurídicas que exploten juegos de azar.

e) Contribuciones o donaciones de Gobiernos o entidades públicas extranjeras.

f) Contribuciones o donaciones de personas humanas o jurídicas extranjeras que no tengan residencia o domicilio en el país.

g) Contribuciones o donaciones de personas que hubieran sido obligadas a efectuar la contribución por sus superiores jerárquicos o empleadores.

h) Contribuciones o donaciones de asociaciones sindicales, patronales y profesionales.

i) Contribuciones o donaciones de personas humanas o jurídicas que se encuentren imputadas en un proceso penal en trámite por cualquiera de las conductas previstas en la ley penal tributaria vigente o que sean sujetos demandados de un proceso en trámite ante el Tribunal Fiscal de la Nación por reclamo de deuda impositiva.


¿Cuáles son las funciones de los Partidos políticos?


Podemos señalar que los partidos políticos son la intermediación entre la sociedad y el Estado ya que canalizan la voz popular, es decir que, en un sistema representativo, los partidos son el canal ideal para transformar la realidad social y económica de la población cuando ellos acercan los reclamos de los ciudadanos al poder Legislativo y el Ejecutivo. Está claro entonces, que los partidos políticos nos representan, y a mayor cantidad de partidos, mayor serán las personas que se sientan representadas con la pluralidad de ideas y propuestas.


Los partidos políticos entonces reciben las demandas de las personas, generan una integración de la sociedad con el Estado, toman decisiones y elaboran políticas públicas.

Comments


bottom of page