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Otra forma de participar: La iniciativa popular

El derecho a presentar iniciativas populares se ve plasmado en el artículo 39 de la Constitución Nacional y fue incorporado por la reforma Constitucional de 1994.


El artículo 39 expresa que los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados, y agrega que el Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses. No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.


Entonces, este mecanismo de participación ciudadana permite promover la sanción de una ley que se origina en el pueblo, para lo cual es necesario juntar firmas hasta llegar, al menos, al 1,5% del padrón electoral y que esas firmas sean de seis distritos electorales distintos; de alcanzar esta cantidad de avales el Congreso está obligado a tratar el proyecto dentro del término de doce meses. Esta iniciativa popular fue reglamentada por la ley 24.747 sancionada el 27 de noviembre de 1996 y publicada en el Boletín Oficial de la nación del 24 de diciembre de 1996.


 

Los pasos previos de entregar el proyecto de ley


  1. La ley 24.747 establece que el derecho de iniciativa popular sólo puede ser ejercido por quienes poseen la ciudadanía argentina ya sea natural o por adopción.

  2. Respetando el límite máximo establecido por la Constitución, la ley 24.747 exige que la iniciativa popular sea suscrita por un número de ciudadanos no inferior al 1,5% del padrón electoral.

  3. La iniciativa popular debe formularse por escrito y estar redactada en términos claros y en forma de proyecto de ley.

  4. La iniciativa popular debe indicar el nombre y el domicilio de los promotores del proyecto de Ley.

  5. La iniciativa popular debe acompañar los pliegos con las firmas de los peticionantes con la aclaración del nombre, apellido, número y tipo de documento y domicilio que figura en el padrón electoral.

  6. La iniciativa popular debe verificar la autenticidad de las firmas, en al menos un medio por ciento de las presentadas, por parte de los Justicia Nacional Electoral.

  7. La iniciativa popular debe detallar los gastos que se ocasionaron durante el periodo previo a la presentación ante la Cámara de Diputados y debe mencionar el origen de los recursos utilizados. No serán aceptados como financiamiento las contribuciones privadas anónimas con excepción de colectas populares por un monto máximo de 50 pesos por persona, tampoco se aceptará el financiamiento de asociaciones sindicales patronales. También quedará prohibido el financiamiento por entidades autárquicas, por empresas de servicios u obras públicas de la nación, provincia o municipios, por empresas que trabajen con juegos de azar. Ni tampoco se aceptará financiamiento por parte de gobiernos extranjeros o entidades extranjeras con fines de lucro.


Los pasos de la iniciativa popular en el Congreso


  1. La iniciativa popular representada por un proyecto de ley va a ser entregada en la Mesa de Entrada de la Cámara de Diputados.

  2. La presidencia de la Cámara girará el proyecto a la Comisión de Asuntos Constitucionales para que esta comisión evalúe si cumple los requisitos previamente comentados establecidos por la ley 24.747.

  3. Una vez que la Comisión de Asuntos Constitucionales emitió dictamen, este proyecto pasa a la Cámara de Diputados que decide la admisibilidad formal del proyecto.

  4. Una vez admitido el proyecto de ley a este se le otorga el carácter de “tratamiento preferente” y es remitido a la Comisión de labor Parlamentaria quien evalúa el proyecto y lo remite a las comisiones que sea necesario para su tratamiento. Las comisiones tienen 15 días de corrido para tratar el proyecto de lo contrario, la Cámara procederá al tratamiento de la iniciativa con o sin evaluación de la comisión.

  5. Una vez tratado el proyecto de ley en la Cámara de Diputados esta puede rechazar el proyecto de ley y el trámite queda concluido en esa instancia.

  6. Si el proyecto de ley es aprobado por la Cámara de Diputados es remitido a la Cámara de Senadores donde tiene que ser sometido al tratamiento establecido.


 

Interrupción a la participación política


En la Argentina la interrupción de la participación política se dio a través de los gobiernos de facto que llegaron de forma legítimamente al poder y se mantienen por la fuerza violando la Constitución Nacional. Durante las diferentes dictaduras que afrontó la historia argentina se produjeron el cierre del Poder Legislativo, se eligieron a los integrantes del Poder Judicial, se persiguieron y se encarcelaron a miembros de distintos partidos políticos, se prohibieron la existencia de los partidos políticos, se prohibió la participación política de los sindicatos, fueron reprimidas las huelgas, se prohibieron los Centros de Estudiantes y se montaron centros clandestinos de tortura, se produjeron robos de bebés, los derechos y garantías fueron anulados y hasta hubo desaparición de personas.


Durante el siglo XX en la Argentina se sucedieron seis golpes de estado

  • El 6 de septiembre de 1930 la dictadora conocida como la Década infame. -En 1943 el poder quedó en manos de los militares de Pedro Pablo Ramírez y Edelmiro J Farrell.

  • El 16 de septiembre de 1955 golpe militar conocido como la revolución libertadora.

  • El 26 de marzo de 1962 el presidente Arturo Frondizi fue reemplazado por el presidente provisional del Senado José María Guido con apoyo de sectores de la Fuerzas Armadas.

  • El 28 de junio de 1966 se dio un nuevo golpe de estado por Juan Carlos Onganía, Roberto Levingston y Alejandro Lanusse.

  • El 24 de marzo de 1976 se produjo una de las más feroces dictaduras liderada por los generales Jorge Videla, Roberto Viola, Leopoldo Galtieri y Reynaldo Bignone.


 

Bibliografía recomendada

Abal Medina, J. M. (h) (2019). Manual de ciencia política. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Eudeba.

Menem, Eduardo (2020). Derecho procesal parlamentario. 2a ed. Ciudad Autónoma de Buenos Aires: La Ley.

 

Otros conceptos que elaboramos en nuestros posts:

  • Sistema electoral argentino

  • Estado y Nación

  • Gobierno republicano y federal

  • Democracia representativa

  • Partidos políticos

  • ... y mucho más!


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